Abogado de Accidentes de Motocicleta en Sacramento

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¿Por qué elegir Arnold Law Firm para su caso de accidente de motocicleta en Sacramento?

Los casos de accidentes de motocicleta no son casos de accidentes de coche sobre dos ruedas. Las compañías de seguros los abordan con una estrategia diferente, una que comienza culpando al conductor. El demandado dice: “No vi la motocicleta”. El ajustador habla de la división de carriles como si fuera una conducta imprudente en lugar de legal. La primera oferta llega baja, con un comentario sobre cómo los jurados son duros con los motociclistas. Nada de eso es la ley, y nada de eso es aceptable.

Arnold Law Firm ha pasado décadas representando a motociclistas lesionados en las calles y autopistas de Sacramento. Entendemos las leyes específicas de motocicletas de California, las tácticas de defensa más comunes en litigios de motocicletas y la evidencia que desaparece rápidamente después de un choque. Nuestro fundador, Clay Arnold, es miembro del Colegio de Abogados del Estado de California y de la Asociación de Abogados del Condado de Sacramento. Manejamos cada caso de accidente de motocicleta con base en honorarios de contingencia, lo que significa que usted no paga nada a menos que recuperemos una compensación para usted.

Tres cosas que necesita saber sobre su caso:

  • El filtrado de carriles es legal en California. El Código de Vehículos § 21658.1 lo autoriza expresamente. Los demandados y las aseguradoras no pueden usarlo como sustituto de un análisis real de fallas.
  • “No vi la motocicleta” no es una defensa. Un conductor que no ve algo que es claramente visible es la definición legal de negligencia.
  • El tiempo es importante. Las grabaciones de vigilancia se sobrescriben. Los testigos se mudan. Si la carretera o un vehículo de una entidad pública estuvo involucrado, el plazo para presentar un reclamo es de seis meses, no de dos años.

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Qué hacer después de un accidente de motocicleta en Sacramento

Los pasos que tomes en las primeras horas después de un accidente de motocicleta afectarán directamente si recuperas una compensación completa, una compensación parcial o nada en absoluto. Esto es aún más cierto en los casos de motocicletas que en los casos de accidentes automovilísticos porque las lesiones tienden a ser más graves, la evidencia desaparece más rápido y los abogados defensores comienzan a construir de inmediato su historia de que el motociclista tuvo la culpa.

Si eres físicamente capaz, haz lo siguiente:

  1. Llame al 911 y acepte atención médica de emergencia. Los choques de motocicleta causan rutinariamente lesiones internas y traumatismos craneoencefálicos que no se sienten en el lugar del incidente. Rechace el transporte de emergencia solo si tiene una razón clara; si tiene alguna duda, acéptelo. Una cadena documentada de tratamiento médico es también una de las cosas más sólidas en su caso.
  2. Consiga un reporte policial. Asegúrese de que los oficiales respondan. Anote los nombres de los oficiales que responden y el número de incidente. Un informe policial en la escena, incluso si contiene errores que luego deba corregir, es mucho más útil que un informe tomado horas después por teléfono.
  3. Documente la escena si es seguro hacerlo. Tome fotos de los vehículos, la posición de su motocicleta, el estado de la carretera, cualquier residuo, todos los daños visibles, las placas y la tarjeta del seguro del otro conductor. Si las condiciones de la carretera contribuyeron al accidente (baches, grava, manchas de aceite), tómalas antes de que las limpien.
  4. Identificar testigos. Obtén los nombres y números de teléfono de cualquier persona que haya visto el accidente. Los testigos de accidentes de motocicleta suelen ser peatones u otros conductores que abandonan el lugar una vez que llega la policía.
  5. No hable con la compañía de seguros del otro conductor. Un ajustador probablemente se pondrá en contacto contigo en un plazo de 24 a 48 horas, a menudo antes de que salgas del hospital, para pedirte una declaración grabada. No está obligado a darla. Rechaza cortésmente y diles que su abogado se pondrá en contacto.
  6. Cuida su equipo y la motocicleta. No mandes a reparar ni deshazte de su motocicleta antes de que un abogado haya evaluado si es necesario realizar una inspección mecánica. Mantén su casco, su equipo de motociclista y cualquier equipo dañado en el mismo estado en que se encontraban después del accidente.
  7. Contacte a un abogado lo antes posible. Las grabaciones de vigilancia en gasolineras, negocios y cruces de tránsito generalmente se sobrescriben dentro de 30 a 90 días. Si una entidad pública estuvo involucrada (defecto en la carretera, vehículo gubernamental, empleado gubernamental en servicio), existe un plazo de seis meses para presentar una reclamación gubernamental por escrito según el Código Gubernamental § 911.2. Ese plazo corre mientras aún está en tratamiento.

Si no siguió todos estos pasos, no se alarme. Póngase en contacto con un abogado antes de cualquier comunicación adicional con la compañía de seguros y construiremos el caso basándonos en los hechos tal como están.

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¿Cuánto vale su caso de accidente de motocicleta en Sacramento?

La respuesta sincera es que no podemos darte una cifra sin antes conocer sus lesiones, la cobertura de seguro disponible, la solidez de las pruebas de responsabilidad y la posible estrategia de la defensa. Lo que sí podemos explicarte es el marco legal que establece la legislación de California para valorar su caso.

Daños económicos

Los artículos 3281 y 3333 del Código Civil de California le dan derecho a reclamar la indemnización por la totalidad del perjuicio económico causado por el acto ilícito de otra persona. Esto incluye los gastos médicos pasados y futuros, los salarios perdidos, la pérdida de capacidad futura para generar ingresos y los daños materiales. Los daños futuros son indemnizables cuando existe una certeza razonable de que se producirán. Código Civil de California, art. 3283. En los casos graves de accidentes de motocicleta, es habitual contar con la participación de planificadores de cuidados de por vida, médicos tratantes, expertos vocacionales y economistas.

Una nota importante sobre las ofertas médicas: en Howell v. Hamilton Meats & Provisions, Inc., 52 Cal.4th 541 (2011), la recuperación de gastos médicos pasados generalmente se limita a las cantidades realmente pagadas u adeudadas a los proveedores bajo tarifas negociadas, no a las cantidades totales facturadas. Corenbaum contra Lampkin, 215 Cal.App.4th 1308 (2013), aplicó la misma regla a los montos facturados como evidencia de costos médicos futuros.

Daños no económicos

Los daños no económicos compensan el impacto real que la lesión tiene en su vida: dolor, sufrimiento, angustia emocional, desfiguración, discapacidad física y pérdida del disfrute de la vida. En California no existe un límite máximo para los daños no económicos en los casos comunes de accidentes de vehículos motorizados. El límite máximo para la negligencia médica establecido en el artículo 3333.2 del Código Civil de California no se aplica a los accidentes de motocicleta.

Los daños no económicos suelen representar una proporción mayor en las indemnizaciones de los casos de motocicletas que en los de automóviles. La razón es sencilla: los motociclistas carecen de una estructura protectora, por lo que, cuando ocurre un accidente, las lesiones suelen ser catastróficas. Las cicatrices permanentes, el dolor crónico, la pérdida de movilidad y la imposibilidad de conducir o trabajar como antes son el tipo de daños que los jurados de California toman muy en serio.

Daños punitivos

Se pueden otorgar daños punitivos cuando el demandado haya actuado con malicia, opresión o fraude, lo cual debe demostrarse mediante pruebas claras y convincentes. Código Civil de California, § 3294. En los casos relacionados con motocicletas, el fundamento más común es que el demandado conducía bajo los efectos del alcohol o las drogas. La Corte Suprema de California ha sostenido que conducir voluntariamente en estado de ebriedad demuestra un desprecio consciente por la seguridad, lo cual justifica la concesión de daños punitivos. Taylor contra el Tribunal Superior, 24 Cal.3d 890 (1979).

Para nuestro análisis general sobre los daños punitivos en California, véase nuestra publicación de blog sobre daños punitivos.

Plazos legales en California que se aplican a su caso de accidente de motocicleta

Los casos de accidentes de motocicleta están sujetos a varios plazos. Si no cumples con alguno de ellos, puede perder el derecho a obtener una indemnización, incluso si su caso es sólido en todos los demás aspectos.

El plazo de dos años para reclamar por daños personales

El artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil de California establece que las demanda por daños personales deben presentarse en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se produjo la lesión. En la mayoría de los casos relacionados con motocicletas, el plazo comienza a contar a partir de la fecha del accidente. En circunstancias limitadas, la regla del descubrimiento puede retrasar el inicio del plazo hasta que el demandante tenga conocimiento o tenga motivos para tener conocimiento de la lesión y de su causa negligente. Rivas contra Safety-Kleen Corp., 98 Cal.App.4th 218 (2002). Dos años es el máximo; en muchos casos hay plazos más cortos que tienen precedencia.

El plazo de seis meses para reclamaciones contra el gobierno

Este es el punto que suele pasar desapercibido. Si su accidente de motocicleta se debió a un defecto en la carretera (un bache, pavimento en mal estado, grava en una curva, agua o aceite en la calzada), a un empleado público que conducía un vehículo en servicio, a un camión de propiedad del gobierno o a un peligro que la entidad pública debería haber eliminado, debe presentar una reclamación por escrito a la entidad pública responsable en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la lesión. Código de Gobierno de California, § 911.2. La entidad tiene 45 días para responder a la reclamación, tras lo cual se considera rechazada. Código de Gobierno de California § 912.4. Una vez que la reclamación es rechazada (por escrito o por inacción), tiene seis meses a partir de la fecha en que se entrega la notificación de rechazo por escrito para presentar una demanda; sin notificación de rechazo por escrito, dos años a partir de la fecha de devengo. Código de Gobierno de California § 945.6.

Autoridades recientes de la Corte Suprema de California confirman la solidez de las reclamaciones por defectos en las carreteras contra entidades públicas. En Whitehead contra City of Oakland, S284303 (1 de mayo de 2025), el Tribunal sostuvo por unanimidad que una entidad pública no puede invocar una exención de responsabilidad previa al daño para eludir su obligación legal de mantener la seguridad de las vías públicas. El caso se refería a un ciclista que chocó contra un bache oculto durante una carrera benéfica tras haber firmado una exención de responsabilidad. El Tribunal dictaminó que el artículo 1668 del Código Civil prohíbe las exenciones que eximan del cumplimiento de las obligaciones legales. Whitehead se suma a figuras de prestigio como Williams contra el Condado de Sonoma, 55 Cal.App.5th 125 (2020), al establecer que las entidades públicas son responsables por condiciones peligrosas en las carreteras.

Menores de edad y suspensión de plazos

El Código de Procedimiento Civil § 352 suspende la prescripción para los menores durante el tiempo en que se encuentren por debajo de la mayoría de edad. Existe una excepción crítica: la suspensión bajo § 352 no aplica a reclamos contra una entidad pública o empleado público que requieran la presentación de una reclamación gubernamental. Un niño lesionado por un defecto en la carretera o un vehículo propiedad del gobierno está sujeto al plazo de seis meses de reclamación gubernamental, independientemente de su edad. Un padre o tutor debe actuar dentro de ese plazo.

Lo que esto significa en la práctica

Si una entidad pública está potencialmente involucrada en su accidente, no esperes. El plazo de dos años es irrelevante cuando vence primero el plazo de reclamación gubernamental de seis meses. Lo mismo ocurre si todavía está en tratamiento. El plazo de vencimiento corre a partir de la fecha de la lesión, no de la fecha en que finalizas el tratamiento o alcanzas la máxima mejoría médica.

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Ley de Motocicletas de California: Lo que todo motociclista de Sacramento debe saber sobre un caso de lesiones personales

El marco legal de California para la operación de motocicletas está más desarrollado que en la mayoría de los estados, y varias disposiciones tienen consecuencias directas en la forma en que se litiga un caso de accidente de motocicleta. Comprender la ley pertinente es esencial para reconocer cuándo la defensa está presentando un argumento real y cuándo es solo palabrería.

El adelantamiento entre carriles es legal: Código de Vehículos § 21658.1

California es el único estado que ha codificado expresamente la división de carriles a nivel de estatutos estatales. El Código de Vehículos § 21658.1, que entró en vigor el 1 de enero de 2017, define la división de carriles como “conducir una motocicleta que tiene dos ruedas en contacto con el suelo, entre filas de vehículos detenidos o en movimiento en el mismo carril, incluso en calles, carreteras o autopistas divididas y no divididas”. El estatuto también autoriza al Departamento de Policía de Carreteras de California a desarrollar y publicar pautas educativas.

Lo que significa que el carril dividido sea legal en litigios: un demandado no puede argumentar que el hecho de dividir el carril fue en sí mismo ilícito o negligente. La única pregunta es si la maniobra específica de dividir el carril, en contexto, se realizó con el debido cuidado. Un motociclista que se filtra entre el tráfico detenido a baja velocidad en condiciones normales de desplazamiento está haciendo algo legal y esperado; el intento de una aseguradora de presentarlo como imprudente es una táctica, no un argumento legal.

La Ley del Casco y los Daños: Código de Vehículos §§ 27802 y 27803

California exige que los conductores y pasajeros de motocicletas, ciclos motorizados y bicicletas motorizadas usen un casco de seguridad que cumpla con los estándares establecidos bajo la § 27802. Las regulaciones de implementación del DMV requieren el cumplimiento del Estándar Federal de Seguridad de Vehículos Motorizados No. 218 (49 C.F.R. § 571.218), y los cascos deben estar visiblemente etiquetados con la certificación del fabricante de cumplimiento federal.

La cuestión de cómo el no uso o el incumplimiento del casco afecta los daños es más compleja de lo que sugieren algunas fuentes. California no ha promulgado una disposición legal de defensa por casco comparable a la disposición de defensa por cinturón de seguridad en el Código de Vehículos § 27315(j). Al mismo tiempo, California tampoco ha prohibido categóricamente toda evidencia relacionada con el uso del casco. La jurisprudencia sobre el no uso de equipos de seguridad, incluida la decisión de la Corte Suprema de California en Horn vs. General Motors Corp., 17 Cal.3d 359 (1976), refleja la renuencia histórica de los tribunales a permitir amplias reducciones por culpa comparativa basadas en la falla de un demandante en usar equipo de seguridad. El marco de la defensa del cinturón de seguridad fue modificado posteriormente por ley (§ 27315(j)) para los casos de cinturones de seguridad; no existe una ley paralela para los cascos de motocicleta.

En la práctica, los demandados en casos de motocicletas a veces intentan introducir evidencia de que la falla del motociclista al usar un casco reglamentario fue un factor sustancial en la causa o agravamiento de lesiones en la cabeza. Si dicha evidencia es admisible depende del historial fáctico específico, incluyendo testimonios de expertos sobre si un casco habría prevenido la lesión particular sufrida. La discusión de la Corte Suprema de California en Clemente contra el Estado de California, 40 Cal.3d 202 (1985), ilustra el tipo de evidencia de causalidad que requieren los tribunales. La conclusión es que la evidencia del casco no es una reducción automática general, pero tampoco es una exclusión automática. La lucha se libra sobre los hechos específicos.

Licencias de Motocicleta: Código Vehicular § 12804.9

California emite dos clases de licencias de motocicleta. La Clase M1 autoriza la operación de cualquier motocicleta o ciclomotor de dos ruedas. La Clase M2 es más limitada, autorizando bicicletas motorizadas, ciclomotores y motocicletas. Un conductor con una autorización M1 puede operar cualquier vehículo de la categoría M2 sin examen adicional. Los solicitantes menores de 21 años deben completar un curso para principiantes del Programa de Seguridad de Motociclistas de California para obtener cualquiera de las autorizaciones.

Requisitos de equipamiento que surgen en litigios

El Código de Vehículos § 27801 establece límites de altura para el manillar (manos en los puños no más de seis pulgadas por encima de la altura de los hombros). La Sección 27800 exige un asiento trasero debidamente asegurado y reposapiés para cualquier pasajero. Las Secciones 25650 y 25650.5 exigen luces delanteras que funcionen y, para motocicletas fabricadas después del 1 de enero de 1978, la activación automática de las luces delanteras al arrancar el motor.

Seguro Automotriz Mínimo de California: Código de Vehículos § 16451

A partir del 1 de enero de 2025, los requisitos mínimos de cobertura de responsabilidad civil para automóviles en California aumentaron a 30 000 dólares por persona, 60 000 dólares por accidente y 15 000 dólares por daños a la propiedad. Estos mínimos se aplican por igual a los conductores de automóviles y motocicletas, ya que las motocicletas se consideran “vehículos motorizados” según la legislación de California. Voris c. Pacific Indem. Co., 213 Cal.App.2d 29 (1963). Está previsto un nuevo aumento a $50 000/$100 000/$25 000 a partir del 1 de enero de 2035.

La relevancia de los casos de motocicletas es significativa. Incluso con los mínimos aumentados, los límites de póliza disponibles de un conductor culpable que solo tiene cobertura mínima generalmente no son suficientes para cubrir lesiones graves en motocicletas. Identificar fuentes adicionales de cobertura es una de las cosas más importantes que un abogado de motocicletas hace al principio de un caso.

Cobertura para motociclistas sin seguro y con seguro insuficiente

Su propia cobertura UM/UIM (conductor sin seguro/conductor con seguro insuficiente) es a menudo la fuente de compensación más importante en un caso de motocicleta en el que el conductor culpable solo tenía límites de póliza mínimos o no tenía seguro alguno. El Código de Seguros § 11580.2 rige la cobertura de lesiones corporales UM/UIM en California. En casos de atropello y fuga que involucren lesiones corporales, el estatuto generalmente requiere tres cosas: contacto físico real entre el asegurado y el vehículo no identificado, un informe policial dentro de las 24 horas posteriores al accidente y una declaración jurada ante la aseguradora dentro de los 30 días. Una disposición UM separada para daños a la propiedad, el Código de Seguros § 11580.26, tiene su propia estructura (incluido un requisito de notificación de 10 días hábiles para daños a la propiedad). El Código de Seguros § 11580.23 aborda por separado los requisitos de notificación en acciones presentadas contra un conductor sin seguro.

Si su caso cumple con el requisito de contacto físico dependerá de los hechos específicos. Los tribunales de California han interpretado el término “contacto físico” de manera relativamente amplia. En Pham c. Allstate Insurance Co., 206 Cal.App.3d 1193 (1988), el tribunal determinó que el requisito de contacto se cumple cuando un objeto llevado o arrojado por un vehículo golpea al asegurado. Los plazos para la denuncia policial y la declaración jurada son estrictos, sin embargo, y alentamos encarecidamente a cualquier persona en un escenario de atropello y fuga a involucrar a las fuerzas del orden de inmediato y consultar a un abogado sin demora.

Howell y Especialidades Médicas

La decisión de la Corte Suprema de California en Howell v. Hamilton Meats & Provisions, Inc., 52 Cal.4th 541 (2011), limita la recuperación de gastos médicos pasados a las cantidades realmente pagadas o aceptadas en satisfacción de dichas facturas, en lugar de las cantidades brutas facturadas. Corenbaum contra Lampkin, 215 Cal.App.4th 1308 (2013), extendió esa limitación a la evidencia de gastos médicos futuros. Esto es importante para la valoración del caso: la cifra de “monto facturado” no es el monto recuperable, y un abogado competente trabaja con los montos reales pagados.

Conspicuidad y Responsabilidad Comparativa

Las aseguradoras en casos de motocicletas suelen presentar argumentos de “visibilidad”: el motociclista llevaba ropa oscura, estaba en un punto ciego, estaba adelantando entre carriles, había una diferencia de velocidad relativa, o de otra manera no era tan visible como el demandado cree que debería haber sido. Según la regla de culpa comparativa pura de California. Li contra Yellow Cab Co., 13 Cal.3d 804 (1975), cualquier porcentaje de culpa asignado al motociclista reduce la recuperación, pero no la impide. La disputa en la mayoría de los casos de motocicletas se centra en la asignación: un abogado con experiencia en motocicletas desafía cada argumento de conspicuidad con el deber legal del otro conductor de estar atento a lo que es claramente visible, los hechos reales de la vigilancia (¿estaba el demandado usando el teléfono, estaba realmente obstruida su vista, tuvo incidentes similares previos de casi accidentes?) y el testimonio de expertos cuando sea apropiado.

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Escenarios comunes de accidentes de motocicleta en Sacramento y quién es responsable

La mayoría de los accidentes de motocicleta entran en un pequeño número de patrones reconocibles. El marco legal para cada patrón está bien establecido, al igual que las tácticas de defensa que las aseguradoras utilizan para culpar al motociclista.

Choques en giros a la izquierda

El patrón de accidente de motocicleta grave más común es cuando un vehículo gira a la izquierda cruzando la trayectoria de un motociclista. El Código de Vehículos de California § 21801 exige que un conductor que gira a la izquierda ceda el paso a los vehículos que se acercan lo suficiente como para representar un peligro, y que continúe cediendo hasta que el giro pueda completarse con seguridad razonable. Esa obligación se aplica carril por carril. Un conductor que recibe una señal para pasar de un carril no puede asumir que los demás carriles están despejados. Gilmer contra Ellington, 159 Cal.App.4th 190 (2008). El deber continuo de buscar vehículos que se aproximan durante el giro no se puede cumplir con una sola mirada. Sesler c. Ghumman, 219 Cal.App.3d 218 (1990).

Los demandados en casos de motocicletas en giros a la izquierda frecuentemente dicen “No vi la motocicleta”. Esa afirmación no es una defensa. La negligencia es la falta de ejercer el cuidado razonable, y el deber de un conductor de mirar incluye el deber de ver realmente lo que es claramente visible.

Choques al cambiar de carril y por puntos ciegos

El Código de Vehículos § 22107 requiere que un conductor que cambie de carril realice el movimiento solo cuando pueda hacerse con seguridad razonable y que señale el cambio siempre que otro vehículo pueda verse afectado. El deber de señalización se aplica al efecto potencial en otro vehículo, no solo al impacto real. Gente c. Logsdon, 164 Cal.App.4th 741 (2008). Las violaciones de la § 22107 generalmente respaldan una teoría de negligencia per se en casos de motocicletas que cambian de carril.

Las aseguradoras en casos de cambios de carril a menudo presentan una defensa de “visibilidad”, argumentando que la vestimenta del motociclista, su posición en el carril o la ausencia de equipo de alta visibilidad contribuyeron a que el conductor no lo viera. La ley de California evalúa esto a través de principios ordinarios de culpa comparativa. El demandado aún tiene el deber de verificar antes de cambiar de carril. Una falta de atención no se excusa por la elección del color de la chaqueta del piloto.

Abrir una puerta de golpe / Accidente de dooring

El Código de Vehículos § 22517 prohíbe abrir la puerta de un vehículo por el lado que da al tráfico en movimiento, a menos que sea razonablemente seguro hacerlo. La responsabilidad recae en la persona que abre la puerta, quien debe verificar si hay tráfico aproximándose, incluyendo motociclistas y ciclistas. Los choques por "dooring" (abrir la puerta) suelen causar lesiones graves porque el ciclista sale disparado por encima de la puerta a gran velocidad.

Defectos en el Camino y Responsabilidad de la Entidad Pública

Las motocicletas son más vulnerables que los automóviles a los peligros del camino. Un bache, un parche de grava, un derrame de aceite o agua estancada pueden desestabilizar a un motociclista en condiciones donde un vehículo de cuatro ruedas simplemente seguiría adelante. El Código Gubernamental § 835 hace que una entidad pública sea responsable por lesiones causadas por una condición peligrosa de su propiedad, donde el demandante demuestre que la propiedad se encontraba en una condición peligrosa en el momento de la lesión, que la condición peligrosa creó un riesgo razonablemente previsible del tipo de lesión sufrida, que la condición peligrosa causó de manera inmediata la lesión, y que o bien la acción negligente de un empleado creó la condición, o bien la entidad tuvo conocimiento real o constructivo con tiempo suficiente para remediarla. Williams contra el Condado de Sonoma, 55 Cal.App.5th 125 (2020).

La decisión de la Corte Suprema de California de 2025 en Whitehead contra City of Oakland, S284303, fortalece significativamente estas afirmaciones: una entidad pública no puede utilizar una exención de responsabilidad previa al daño para escapar de su deber legal de mantenimiento de carreteras. Los casos de baches y defectos en carreteras contra Caltrans, el Condado de Sacramento, la Ciudad de Sacramento u otras entidades públicas están sujetos al plazo de reclamación gubernamental de seis meses. No espere.

Choque por detrás y seguir demasiado cerca

El Código de Vehículos § 21703 exige que los conductores mantengan una distancia de seguimiento razonable y prudente. En los casos de colisiones traseras con motocicletas, este deber se intensifica debido al perfil visual relativamente pequeño de una motocicleta y la vulnerabilidad del conductor, incluso ante una colisión a baja velocidad por detrás.

Conductor ebrio choca

Cuando el conductor culpable estaba bajo la influencia, el caso típicamente apoya daños tanto compensatorios como punitivos. Cal. Civ. Code § 3294; Taylor contra el Tribunal Superior, 24 Cal.3d 890 (1979). El denso tráfico y la importante actividad nocturna del Condado de Sacramento generan un flujo constante de casos de lesiones de motociclistas por conductores ebrios o bajo los efectos de drogas.

Lesiones comunes en casos de accidentes de motocicleta en Sacramento

Un motociclista golpeado por un automóvil o camión de pasajeros no tiene bolsa de aire, zona de deformación ni carcasa metálica que absorba el impacto. La protección es lo que lleve puesto el conductor. El resultado es que incluso las colisiones a velocidades moderadas causan lesiones graves o catastróficas, y la gravedad típica de las lesiones en casos de motocicletas es significativamente mayor que en casos de automóviles convencionales.

Lesiones cerebrales traumáticas

Incluso un casco que cumpla con las normas DOT no elimina el riesgo de una lesión cerebral en una colisión de alta fuerza. Las conmociones, contusiones y lesiones cerebrales traumáticas graves son comunes en los casos de motociclistas y pueden afectar la cognición, la memoria, la personalidad y la función física durante años o de forma permanente. Aprenda más sobre casos de TBI (lesión cerebral traumática) en Sacramento.

Lesiones de la médula espinal

La compresión, fractura y sección de la médula espinal son comunes en colisiones de motocicletas. Los resultados van desde dolor crónico y movilidad limitada hasta parálisis permanente que requiere atención de por vida, equipo de movilidad y modificaciones en el hogar. Obtenga más información sobre casos de lesiones de la médula espinal en Sacramento.

Lesiones ortopédicas

Las fracturas múltiples (fémur, tibia, pelvis, tobillo, muñeca) son rutinarias en accidentes de motocicleta. Muchas requieren reparación quirúrgica con placas, varillas o tornillos. La recuperación puede llevar meses o años y frecuentemente implica pérdida permanente del rango de movimiento o de fuerza. Las fracturas compuestas, donde el hueso atraviesa la piel, conllevan riesgo de infección y plazos de recuperación más largos.

Raspaduras y Lesiones en la Piel

Lo que suena como una abrasión menor puede ser mucho peor. Las quemaduras graves por fricción a menudo requieren injertos de piel, múltiples cirugías y dejan cicatrices permanentes. La desfiguración es recuperable como parte de los daños no económicos y puede afectar sustancialmente el valor del caso.

Lesiones internas

Las colisiones de alto impacto causan traumatismos contundentes en los órganos, hemorragias internas y lesiones abdominales que pueden no presentar síntomas inmediatos. El diagnóstico tardío es común y puede ser potencialmente mortal. Esta es una de las razones por las que les decimos a los ciclistas que acepten atención de emergencia incluso cuando se sienten funcionales en el lugar.

Amputaciones y Lesiones por Aplastamiento

Cuando un vehículo de pasajeros aplasta a un motociclista o sus partes le fracturan una extremidad, el resultado puede ser la amputación traumática o una lesión por aplastamiento que requiera amputación quirúrgica posterior. Estos casos implican atención protésica de por vida, modificaciones en el hogar y el vehículo, y costos médicos futuros sustanciales.

Quemaduras

Las rupturas del tanque de combustible y los incendios posteriores al choque causan quemaduras que requieren múltiples cirugías, hospitalización prolongada y, con frecuencia, resultan en cicatrices y desfiguración permanentes.

Muerte por negligencia

Debido a las leyes de la física en las colisiones de motocicletas, los resultados fatales son, lamentablemente, comunes. Cuando un miembro de la familia muere en un accidente de motocicleta, los familiares elegibles pueden presentar una reclamación por muerte injusta bajo los Artículos 377.60 y 377.61 del Código de Procedimiento Civil de California, recuperando el apoyo financiero que el difunto habría proporcionado, el valor de los servicios domésticos y la pérdida de amor, compañía, consuelo, cuidado y guía. Una acción de supervivencia separada bajo los Artículos 377.30 y 377.34 del Código de Procedimiento Civil de California puede recuperar las pérdidas económicas del difunto antes de su muerte. Tenga en cuenta que la excepción temporal a la regla de la acción de supervivencia que permite la recuperación por dolor y sufrimiento del difunto antes de su muerte se aplica solo a las acciones que califican y que se presentaron antes del 1 de enero de 2026; esa excepción ha expirado. Más información sobre los casos de muerte por negligencia en California.

La gravedad de las lesiones en casos de motociclistas hace que los daños totales, incluyendo la atención médica futura y el impacto de por vida, alcancen frecuentemente siete y ocho cifras. Trabajamos con planificadores de cuidados de vida, expertos médicos y economistas para documentar completamente lo que ha perdido y lo que necesitará en el futuro. Aprenda más sobre casos de lesiones catastróficas.

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Preguntas frecuentes sobre casos de accidentes de motocicleta en Sacramento

¿Es legal dividir carriles en California?

Sí. El Código de Vehículos de California § 21658.1, vigente a partir del 1 de enero de 2017, autoriza expresamente el uso de los carriles para motocicletas (carril dividido). California es el único estado con autorización legal a nivel estatal. El uso de los carriles para motocicletas no puede usarse como evidencia de negligencia simplemente porque se haya realizado la maniobra; la única pregunta es si la maniobra específica se realizó con el cuidado razonable.

¿Qué pasaría si no estuviera usando casco?

El Código de Vehículos de California § 27803 exige que los conductores y pasajeros usen un casco que cumpla con las normas del Departamento de Transporte (DOT). Si no estaba usando uno, los demandados pueden intentar presentar pruebas de que la ausencia de un casco contribuyó o agravó lesiones específicas, particularmente lesiones en la cabeza. Si dicha prueba es admisible depende de los hechos específicos y del testimonio de expertos sobre si un casco realmente habría prevenido la lesión que sufrió. California no ha promulgado un estatuto de defensa del casco categórico equivalente a la regla de defensa del cinturón de seguridad. El estado del casco no impide su caso; puede afectar la asignación de daños dependiendo de lo que demuestren las pruebas.

El otro conductor dijo: “No vi la motocicleta”. ¿Es eso una defensa?

No. El deber de todo conductor incluye el deber de buscar y ver lo que es claramente visible. Una declaración de que el conductor “no te vio” es, como mucho, una admisión de que no mantuvo la debida atención. En los casos de giros a la izquierda, el deber se aplica carril por carril y continúa durante todo el giro. Sesler c. Ghumman, 219 Cal.App.3d 218 (1990); Gilmer contra Ellington, 159 Cal.App.4th 190 (2008).

Chocé contra un bache en la Carretera 50 (o en otra carretera estatal). ¿Puedo demandar?

Posiblemente. Las entidades públicas pueden ser responsables por defectos en carreteras bajo el Código de Gobierno § 835 cuando el defecto creó un riesgo sustancial de lesión previsible y la entidad tuvo aviso. Se aplica un plazo crítico: debe presentar una reclamación por escrito a la entidad dentro de los seis meses posteriores a la fecha de la lesión, según el Código de Gobierno § 911.2. El reciente caso de la Corte Suprema de California Whitehead contra City of Oakland, S284303 (1 de mayo de 2025), reforzó estas afirmaciones al sostener que las entidades públicas no pueden utilizar exenciones de responsabilidad previas al incidente para eludir su deber legal de mantener carreteras seguras. Contacte a un abogado rápidamente si hay un defecto en la carretera involucrado.

El conductor que me chocó no tenía seguro. ¿Aún puedo recuperarme?

Sí, en la mayoría de los casos. Su propia cobertura UM/UIM según el Código de Seguros § 11580.2 generalmente proporciona cobertura por lesiones corporales cuando el conductor culpable no tenía seguro o se dio a la fuga. Los casos de atropello y fuga generalmente requieren contacto físico entre tú y el vehículo no identificado, un informe policial dentro de las 24 horas y una declaración jurada a su aseguradora dentro de los 30 días. Estos plazos son estrictos, así que informa de inmediato y consulta a un abogado.

¿Cuánto vale mi caso de accidente de motocicleta?

El valor del caso depende de la gravedad y permanencia de sus lesiones, sus gastos médicos y pérdida de ingresos, la solidez de las pruebas de responsabilidad, la cobertura de seguro disponible y los límites de la póliza, el nivel de culpa disputado o establecido, y si se aplican daños punitivos. No le daremos una cifra basándonos en una llamada telefónica. Le daremos una evaluación honesta después de revisar sus registros médicos, el informe policial y cualquier evidencia disponible.

¿Cuánto tiempo tardará mi caso?

Los casos con responsabilidad clara y tratamiento completado a veces se pueden resolver en varios meses con una demanda debidamente elaborada. Los casos que requieren peritos, responsabilidad disputada o presentación de reclamaciones gubernamentales, generalmente toman más tiempo. Si presentamos una demanda en el Tribunal Superior del Condado de Sacramento, el plazo del litigio es generalmente de 12 a 24 meses desde la presentación hasta la resolución.

¿Cuánto cuesta contratar a Arnold Law Firm para un caso de accidente de motocicleta?

Nada por adelantado. Manejamos cada caso de motocicleta bajo un acuerdo de honorarios de contingencia, lo que significa que solo cobramos una tarifa si recuperamos una compensación para usted. La evaluación inicial de su caso es gratuita.

Áreas de Sacramento que atendemos

Arnold Law Firm representa a víctimas de accidentes de motocicleta en toda la región de Sacramento, incluyendo el centro de Sacramento, Midtown, Natomas, North Sacramento, South Sacramento, Rancho Cordova y Elk Grove, así como en ciudades aledañas como Roseville, Rocklin, Folsom, Citrus Heights, West Sacramento y Davis.

Sacramento y sus alrededores tienen reconocidas concentraciones de accidentes de motocicleta en la Interestatal 5, la Interestatal 80, la US-50, la Autopista 99 y la Capital City Freeway, donde el flujo de tráfico a alta velocidad se combina con la congestión de los viajeros. Los accidentes en calles a nivel son comunes en las intersecciones principales de Midtown, en Sunrise Boulevard y Madison Avenue en Citrus Heights y Fair Oaks, en Folsom Boulevard y en los corredores comerciales de Rancho Cordova y Elk Grove.

Contacta a nuestros abogados de accidentes de motocicleta de Sacramento hoy mismo

Si usted o un familiar resultaron heridos en un accidente de motocicleta en Sacramento, el tiempo es crucial. El metraje de vigilancia se sobrescribe. Los testigos se vuelven difíciles de encontrar. Si una entidad pública estuvo potencialmente involucrada, el plazo de reclamo gubernamental de seis meses ya está corriendo. Llame a Arnold Law Firm al (916) 777-7777 para una evaluación de caso gratuita y sin compromiso. Revisaremos los hechos, explicaremos sus opciones en un lenguaje claro y le diremos honestamente si creemos que podemos ayudar.

Trabajamos con honorarios de contingencia. No paga nada a menos que recuperemos una indemnización para usted.

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Tanque de almacenamiento de productos químicos industriales con equipo de respuesta a emergencias, que ilustra el incidente de fuga de metacrilato de metilo en Garden Grove

Fuga de Metil metacrilato en Garden Grove en GKN Aerospace: Derechos legales para los residentes evacuados

Actualización del 24 de mayo de 2026: Novedades importantes desde la publicación de este artículo. Consulte “Novedades importantes desde que comenzó la fuga” a continuación para obtener más detalles. Más de 50,000 residentes del Condado de Orange han sido obligados a abandonar sus hogares desde el jueves por la tarde después de que un tanque de almacenamiento de 34,000 galones en las instalaciones de GKN Aerospace en Garden Grove comenzara a filtrar metacrilato de metilo, un químico industrial altamente inflamable y tóxico. Funcionarios de la Autoridad de Bomberos del Condado de Orange han advertido públicamente que se espera que el tanque comprometido falle y podría explotar. Si vive, trabaja, asiste a la escuela o tiene un negocio dentro de la zona de evacuación, podría tener derecho a una compensación por los costos y los daños que ya ha incurrido, y por los que aún están por venir. Esta página explica, en lenguaje claro

Daños Triples en Casos de Camiones en California

La ley de California ofrece un recurso legal específico para las víctimas lesionadas por conductores de vehículos comerciales en estado de ebriedad cuando sus empleadores no cumplen con los requisitos federales de seguridad. Comprender cuándo se aplican los daños triplicados, y cómo difieren de los daños punitivos estándar, es crucial para las víctimas de accidentes de camiones que buscan la máxima compensación. ¿Qué son los Daños Triplicados? Los daños triplicados permiten a las partes lesionadas recuperar tres veces sus daños reales bajo circunstancias legales específicas. En casos de transporte por carretera en California, este recurso está definido de manera estricta y difiere significativamente de los daños punitivos generales disponibles en otros casos de lesiones personales. Código Civil de California § 3333.7: Daños Triplicados Estatutarios Requisitos para la Recuperación Bajo el Código Civil de California § 3333.7, las partes lesionadas pueden recuperar daños triplicados del empleador de un conductor de vehículo motorizado comercial cuando todas las

Accidentes de Camiones en California: Estándares de Cuidado

La legislación de California establece diferentes niveles de diligencia para las operaciones de transporte por carretera en función del tipo de servicio prestado. Si bien la mayoría de las empresas de transporte comercial que transportan mercancías están sujetas a los estándares de negligencia ordinaria, las normas federales de seguridad para transportistas por carretera imponen obligaciones más estrictas que pueden afectar significativamente a la responsabilidad en los casos de accidentes de camiones. Puntos clave: Los transportistas comerciales de mercancías, por lo general, NO tienen el deber de “máximo cuidado”. Las Normas Federales de Seguridad para Transportistas Motorizados (FMCSR) SÍ establecen normas más estrictas en situaciones específicas. Los conductores de camiones grandes deben actuar con mayor precaución que los conductores comunes. Los transportistas motorizados con licencia tienen obligaciones de seguridad que no pueden delegarse. Norma para transportistas públicos: ¿Cuándo se aplica el “máximo cuidado”? El deber reforzado para el transporte de pasajeros. La sección 2100 del Código Civil de California exige que los transportistas de personas a cambio de una remuneración actúen con “el

Liquidación - $3 900 000

Accidente de auto

El accidente mortal entre el Jeep Liberty del demandante y la camioneta Volvo del demandado dejó a la viuda y a los padres de Ryan Eisenbrandt con una indemnización de $3,9 millones, pero la compañía de seguros del demandado se negó a pagarla. Esto dio lugar a una segunda y intensa batalla legal entre los demandantes y la compañía de seguros del demandado.

Mientras se tramitaba el caso por homicidio culposo, la compañía de seguros del demandado había presentado una demanda ante un tribunal federal para rescindir la póliza de seguro de 1 000 000 de dólares del demandado, alegando que este había realizado declaraciones falsas al solicitar dicha póliza. Inicialmente, el tribunal federal dio la razón a la compañía de seguros y dictó una sentencia sumaria que, en la práctica, impedía a los Eisenbrandt obtener una indemnización, dado que el demandado se encontraba en situación de insolvencia. El bufete Arnold y los Eisenbrandt se negaron a aceptar este resultado injusto. Apelaron la decisión del juez federal ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito. El Noveno Circuito revocó la decisión del tribunal inferior y devolvió el caso al mismo juez federal para que se celebrara un juicio sobre el fondo del asunto.

Christine Doyle, del bufete Arnold, se encargó del caso en febrero de 2011 ante el mismo juez que había desestimado previamente el caso de los Eisenbrandt. Un jurado asesor unánime y el juez del juicio, tras escuchar los hechos reales sobre el intento de la compañía de seguros de evitar la responsabilidad, fallaron a favor de los Eisenbrandt. Después de cuatro años de luchar por lo que es justo, se ordenó a la compañía de seguros que pagara.

Liquidación - $8 000 000

Accidente de camión

Acción colectiva Morgan Stanley - Acuerdo por filtración de datos logrado por el bufete de abogados Arnold

Una tarde de primavera, ya entrada la tarde, el bufete Arnold recibió una llamada de Ángela, una joven madre de tres hijos. Llamaba desde el hospital, adonde habían trasladado en helicóptero a su esposo, Christopher, para que recibiera tratamiento por las lesiones graves sufridas en un trágico accidente automovilístico ocurrido ese mismo día. La madre de Ángela, una antigua clienta de nuestro bufete, la había animado a que nos llamara.

Al final resultó que el hecho de que Ángela se pusiera en contacto con nosotros tan pronto fue una decisión muy importante para su familia. El hecho de contar con representación legal de inmediato permitió a nuestro equipo obtener pruebas fundamentales desde el primer momento —el almacenamiento y análisis adecuados del vehículo para evitar la manipulación indebida, la toma oportuna de fotografías profesionales del lugar de los hechos y las entrevistas a las partes involucradas—, lo cual resultó ser fundamental para los detalles del caso de Christopher.

Un vehículo comercial no se detuvo en una intersección rural de una señal de alto, chocando contra el sedán compacto que conducía Christopher, un padre activo de 33 años. El impacto causó daños extensos en su médula espinal en la zona cervical. A pesar de múltiples cirugías, programas de rehabilitación para terapia física y psicológica, y atención en el hogar, sus lesiones lo dejaron parapléjico, paralizado desde la mitad del pecho. En un instante, la vida como la había conocido desapareció para siempre.

En el momento del accidente, el conductor culpable del vehículo comercial estaba actuando dentro del alcance de su empleo con una gran corporación. Dado que el empleador era directamente responsable, la defensa luchó arduamente para minimizar los daños de Christopher, alegando que su desempleo en ese momento devaluaba sus pérdidas. Nuestro equipo legal se aseguró de que las verdaderas pérdidas de Christopher fueran representadas, incluyendo su potencial de ingresos, sus opciones y movilidad, su capacidad para proveer y mantener a su familia, y la atención de por vida que ahora necesitaba. Las lesiones de Christopher también afectaron drásticamente la vida diaria de su cónyuge, lo que resultó en una reclamación en su nombre.

Además, la gravedad de las lesiones de Christopher se debió, en parte, a defectos en el sistema de doble sujeción de su propio vehículo. A pesar de los esfuerzos del fabricante por negar cualquier responsabilidad, el bufete Arnold Law Firm determinó la negligencia relevante para su caso.

El resultado fue un acuerdo por $8 millones, el mayor acuerdo extrajudicial alcanzado en este tipo de casos en la región. Christopher cuenta ahora con los recursos necesarios para recibir la atención médica continua que necesita, mejorar su calidad de vida y cuidar de su joven familia.

Veredicto: $10 200 000

Accidente de motocicleta

El bufete Arnold Law Firm se complace en informar que nuestros abogados obtuvieron un veredicto de 10,2 millones de dólares dictado en Modesto. El abogado defensor fue Kevin Cholakian, de San Francisco. Hace tres años, la defensa rechazó una propuesta 998 dentro de los límites de la póliza de 1 millón de dólares. La oferta máxima de la defensa fue de 350 mil dólares.

El caso se refería a una colisión ocurrida en una curva ciega de un camino de tierra entre un camión conducido por el demandado y una motocicleta conducida por el demandante, Dan Nixon. El demandante no recordaba nada de la colisión. El demandado alegó que el demandante iba a una velocidad excesiva para la curva y perdió el control. El hijo del demandante (quien identificó la curva incorrecta durante la presentación de pruebas) afirmó que el demandado se encontraba en el lado incorrecto de la curva, lo que provocó que su padre realizara una maniobra de emergencia fallida. El jurado atribuyó una culpa de 70% al demandado y de 30% al demandante.

El demandante, que ahora tiene 50 años, sufrió una luxación de la rodilla derecha con rotura de la arteria poplítea, lo que le ha dejado con una rodilla inestable y daños permanentes en la parte inferior de la pierna. Debido al daño vascular, no es candidato para una reconstrucción o un reemplazo de rodilla. Los médicos que atienden al demandante declararon que necesitará una amputación por encima de la rodilla en un plazo de 20 años. Los salarios perdidos en el pasado ascendieron a $78 000 y los gastos médicos pasados a $570 000. El jurado concedió $7,5 millones en concepto de daños generales (3 millones por daños pasados y 4,5 millones por daños futuros), así como todos los daños económicos futuros solicitados por el demandante. El jurado deliberó durante tres horas y media.

Liquidación - $17 000 000

Brecha de datos

El bufete Arnold Law Firm logra un acuerdo en la demanda colectiva por la filtración de datos de Infinity/Kemper

El bufete Arnold Law Firm, junto con los abogados colaboradores de Morgan & Morgan, y Mason, Lietz, & Klinger, y Wolf, Haldenstein, Adler, Freeman, & Herz LLP, llegó a un acuerdo en la demanda colectiva por violación de datos contra Kemper e Infinity, también conocida como Irma Carrera et al. contra Kemper Corporation e Infinity Insurance Company, presentada ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, Caso N.º 1:20-cv-01883. El acuerdo está valorado en más de 17 millones de dólares.

La Honorable Jueza Martha M. Pacold concedió la aprobación preliminar del acuerdo el 27 de octubre de 2021.

Además de medidas cautelares sustanciales, los miembros del grupo tendrán acceso a los Servicios de Protección Financiera de Aura durante un período de 18 meses, hasta $10,000 para el reembolso de pérdidas documentadas de su propio bolsillo que puedan atribuirse razonablemente a la violación de datos, hasta 3 horas de tiempo dedicado a resolver problemas relacionados con la violación a $18 por hora, y $50 para los miembros del grupo que sean residentes de California.

Antecedentes de la filtración de datos: El 8 de abril de 2021, el bufete Arnold Law Firm y Wolf, Haldenstein, Adler, Freeman, & Herz LLP presentaron la primera demanda colectiva contra Kemper e Infinity ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois, titulada “Irma Carrera Aguallo y otros contra Kemper Corporation e Infinity Insurance Company”, con el número de expediente 1:21-cv-01883. La demanda presentaba reclamaciones contra los demandados por: (1) negligencia; (2) negligencia per se; (3) violación de la Ley de Competencia Desleal de California, Código de Negocios y Profesiones de California § 17200 y siguientes – Prácticas Comerciales Ilegales; (4) violación de la Ley de Competencia Desleal de California, Código de Negocios y Prof. de California § 17200 y siguientes – Prácticas Comerciales Desleales, (5) violación de la Ley de Privacidad del Consumidor de California («CCPA»), Código Civil de California § 1798.100 y siguientes, (6) violación de la Ley de Recursos Legales del Consumidor de California, Código Civil de California § 1750 y siguientes, (7) violación de la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas y Desleales de Florida, Estatuto de Florida § 501.201 y siguientes, (8) incumplimiento de contrato implícito, (9) sentencia declaratoria, y (10) enriquecimiento injusto derivado de la violación de datos.

Liquidación - $18 276 000

Qui Tam / Denunciante

Los denunciantes representados por el bufete Arnold Law Firm sacan a la luz prácticas fraudulentas del Pill Club; el caso se resuelve con el Departamento de Justicia de California

El Arnold Law Firm y el Hirst Law Group representaron a dos denunciantes que ayudaron a exponer prácticas fraudulentas de una empresa emergente de farmacias en línea llamada The Pill Club.

Al parecer, la empresa utilizó prácticas fraudulentas para facturar sus servicios al programa Medicaid de California, Medi-Cal. También se alega que The Pill Club infringió las leyes estatales al permitir que enfermeras practicantes recetaran productos anticonceptivos a mujeres sin la supervisión ni la capacitación adecuadas por parte de un médico colegiado.

Por haber denunciado a la empresa para la que trabajaban, y en virtud de las leyes «Qui Tam» de California, los denunciantes y sus abogados recuperaron $4,9 millones de los $18,275 millones del acuerdo extrajudicial pagados al Departamento de Justicia de California (DOJ) y al Departamento de Seguros de California (CDI).

Liquidación - $60 000 000

Brecha de datos

Acción colectiva Morgan Stanley - Acuerdo por filtración de datos logrado por el bufete de abogados Arnold

El bufete Arnold Law Firm, junto con los abogados colaboradores de Morgan & Morgan, Nussbaum Law Group, P.C. y otros, llegó a un acuerdo en la demanda colectiva por la filtración de datos de Morgan Stanley, también conocida como «In re Morgan Stanley Data Security Litigation», presentada ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, con el número de expediente 1:20-cv-05914-AT. El acuerdo dio lugar a un fondo de $60 millones de dólares en beneficio de los miembros de la demanda colectiva.

La solicitud de aprobación preliminar se presentó el 31 de diciembre de 2021 ante la Honorable Jueza Analisa Torres.

Además de medidas cautelares sustanciales, los 15 millones de miembros de la demanda colectiva tendrán acceso a los servicios «Financial Shield» de Aura durante al menos dos años, lo que incluye una póliza de seguro de $1 millones de dólares que protege a cada suscriptor, monitoreo de crédito, congelación de identidad, monitoreo de la dark web, protección del impuesto sobre la renta y otros servicios. El fondo también proporcionará pagos a las personas que presenten reclamaciones válidas por gastos de bolsillo y/o hasta cuatro horas de tiempo perdido como resultado de la violación de datos. El tiempo perdido permite que las víctimas de la violación de datos reciban un pago de $25 por hora por hasta cuatro horas de tiempo comprobado dedicado a lidiar con la violación de datos. Los gastos de bolsillo pueden reclamarse hasta un máximo de $10,000 si los costos o gastos son claramente atribuibles a la violación de datos.

Antecedentes de la filtración de datos: El 29 de julio de 2020, el bufete Arnold Law Firm y Morgan & Morgan interpusieron la primera demanda colectiva contra Morgan Stanley ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, titulada «Sylvia Tillman et al. contra Morgan Stanley Smith Barney, LLC.», con el número de expediente 1:20-cv-05914. La demanda presentaba reclamaciones contra los demandados por: (1) negligencia; (2) invasión de la privacidad; (3) negligencia per se; (4) enriquecimiento injusto; (5) violación de la Ley de Competencia Desleal de California, Código de Negocios y Profesiones de California § 17200 y siguientes – Prácticas Comerciales Ilegales; y (6) violación de la Ley de Competencia Desleal de California, Código de Negocios y Prof. de California, § 17200 y siguientes – Prácticas comerciales desleales.

Liquidación - $3 767 000

Accidente de camión

Un joven de 20 años, casado desde hacía apenas 12 días, salió de casa para ir al trabajo. Conducía por Pleasant Grove Road, en el condado de Sutter, a primera hora de la mañana cuando se encontró con un camión que circulaba lentamente. Al incorporarse para rebasar al camión, el conductor de este giró a la izquierda justo delante de él. El joven intentó volver a su carril, pero su vehículo chocó contra una pieza de metal sin señalizar que sobresalía de la parte trasera del camión. Murió en el choque resultante.

Los peritos contratados por el bufete Arnold demostraron que el camión, propiedad y operado por una empresa de transporte, nunca debió estar en la autopista esa mañana. Específicamente, los intermitentes traseros y laterales no funcionaban y el espejo retrovisor estaba en un estado de ajuste deficiente al momento de la colisión. Como resultado, el conductor, que no había inspeccionado adecuadamente el vehículo antes de salir esa mañana, no pudo ver el vehículo del joven cuando intentó adelantarlo.

Se determinó que el mal estado del camión, su falta de mantenimiento y la forma en que fue operado fueron factores sustanciales en la causa de la colisión que provocó la muerte del joven. El testimonio también estableció que el hombre estaba realizando un sobrepaso legal a la velocidad permitida y actuó razonablemente al intentar evitar la colisión.

A la viuda del hombre, de 20 años, se le concedieron $3 767 000,77; a sus padres, $185 131; y a la familia se le reembolsaron $11 899 en concepto de gastos funerarios. Aunque el dinero es un pobre sustituto de la vida de un joven, este veredicto demuestra que los conductores que ponen en peligro la vida de otras personas serán responsables de sus actos.